irakmata
https://www.notariado.org/portal/hipotecas-y-pr%C3%A9stamos
La hipoteca, que es la garantía que el deudor, u otro por él, proporciona a quien le presta el dinero. Consiste en que un inmueble (o varios) se ofrece y fija como garantía de que se va a devolver el préstamo, de manera que si este no se devuelve en los plazos pactados, la entidad financiera podría, con unos procedimientos abreviados, vender en pública subasta el inmueble hipotecado para cobrar lo que se le debe, quedando el sobrante para pagar a otros acreedores o, en su defecto, para el deudor.
Copiado de la web de los notarios, la característica del préstamo hipotecario es que hay un inmueble como garantía en caso de impago, si lees en enlace que pones, dice que la persona A es el titular de la vivienda, y la persona B el que paga la hipoteca, siendo que el banco no tiene la potestad de embargar el inmueble si B no paga, ya que el titular es A... no entra dentro de la definición de crédito hipotecario.