sora63 Por lo que entiendo, se les legislará en virtud del Estatuto de los Trabajadores español y el Convenio Colectivo de Construcción de Zaragoza.
Ahora bien, en cuestión de cotizaciones, sólo van a cotizar por contingencias profesionales, FOGASA y Formación profesional. España no asumirá prestaciones de desempleo ni jubilación ni cualquier otra prestación de nuestro sistema salvo las derivadas por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.