Milik
A ver. La agresión sexual, con la actual lesgislación, va desde una palmada no consentida en el culo hasta una penetración grupal a punta de pistola.
Evidentemente en todo ese espectro hay una amplísima gama de condenas que recoge el Código Penal, desde penas privativas de libertad mínimas hasta penas de 10-15 años.
En lo que se refiere al caso de Asencio el tema es bastante irrelevante de hecho porque nadie cometió ninguna agresión sexual. Ni Asencio ni el resto. Asencio se le va a juzgar por un delito de revelación de secretos y otro de distribución de pornografía infantil. Y sí, 16 años también es pornografía infantil. Y no, la legislación no contempla que sea igual de grave que tenga 16 años a que tenga 8.