Laolama , pues esto debería sentar jurisprudencia…
No, no sienta jurisprudencia. La jurisprudencia en puridad es la del Tribunal Supremo y se forma cuando hay dos resoluciones en el mismo sentido (si bien un precedente inicial ya suele considerarse jurisprudencia en sentido amplio). Por otro lado, es un auto con medidas cautelares. No una sentencia. No es irrelevante, pero es fácilmente revertible. No viene mal para que un abogado pueda tenerlo en cuenta si tiene que alegar en contra de una cautelar de ese estilo, pero un juez podría apartarse sin demasiada dificultad de este segundo criterio de Pedraz.