Pyvlox A bote pronto, de primeras la opción más clara, de lo que he leído de la noticia, pues hay que tener en cuenta que luego hay que estar a los hechos que se consideren probados, es el encaje el art. 147. 1 CP, tipo básico del delito de lesiones.
El mismo está castigado con penas de prisión de 3 meses a tres años o multa de 6 a 12 meses. Se trata de una penas alternativas de horquilla flexible a la vista de que el resultado causado puede variar en intensidad.
En segundo lugar, puede ser debatible acudir al tipo/delito agravado de lesiones básicas del artículo. 148 CP, de aplicación facultativa, al introducir la idea, en principio, de que en la mecánica comisiva medió alevosía (principalmente por la edad de la víctima y otras circunstancias que surgieran).
Veo más la primera.
Un saludo.