Memphisto Pero al final es mucha pasta la que se está moviendo entre muchas personas. Digo yo que fiscalmente no será tan sencillo como prestar 5€ a un colega.
la rentencion del 20% se hace al decimo.
de cara a hacienda son como decimos compartidos.
luego les tocara ponerlo en la casilla asociada a premios de loteria
sacado de la pagina de hacienda:
En el caso de premios compartidos (grupo de amigos o parientes, peñas, cofradías...), en los que el premio se reparte entre todos los participantes, se deben distribuir los 40.000 € que están exentos, entre todos los beneficiarios en proporción a su porcentaje de participación, y quien proceda al reparto del premio que figure como beneficiario único (o como gestor de cobro) por haberlo manifestado así en el momento del cobro del premio, deberá estar en condiciones de acreditar ante la Administración Tributaria que el premio ha sido repartido a los titulares de participaciones, siendo por tanto necesaria la identificación de cada ganador así como de su porcentaje de participación.