Nemesis la normativa es clara. Si te pasa eso que dices, tienen la obligación de atenderte si la situación compromete tu vida. Es decir, una emergencia de verdad. En caso contrario, se avisa a una ambulancia. Tbien es cierto, que si te atienden, tienes la obligación y ellos el derecho a cobrar los gastos de dicha actuación, que en el caso de España, salvo estafa, no deberían ser muy altos y en caso de no poder pagarlos, el hospital no es tonto. Si es poco pasan y si es mucho, a juicio. Pero si no puedes pagar, pues te declaras insolvente y todas esas cosas jurídicas. Pero vamos, que salvo operación de urgencia por qué te mueras, el privado te deriva. Y luego puedes pelear con abogados que la atención la pagué la sanidad pública. En definitiva, que no te pase. Y si te pasa y no puedes pagar, pues abogado y a pelear. Pero vamos, que creo que la atención básica en Urgencias suele estar por menos de 200 euros. Luego te cobrarán el material y si hicieran alguna prueba, y antes de todo eso, te piden una tarjeta de crédito y hacer un deposito de fianza y firmar un compromiso de pago en caso de tener que pagar. Pero si te estás muriendo y no pueden, pues lo dicho antes.