Llamadas, correos o mensajes de WhatsApp de carácter laboral fuera de jornada son pan de cada día en cualquier sector. Sin embargo, lo que muchos empleados desconocen es que esta práctica, además de atentar contra su descanso (dependiendo del caso), también puede suponer una sanción económica considerable para la empresa si se realiza de manera reiterada y sin justificación.
El derecho a la desconexión digital no es un concepto abstracto, sino una obligación recogida en la legislación laboral española desde 2018, cuando se aprobó la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales. Esta ley introdujo en el Estatuto de los Trabajadores el artículo 20 bis, que protege la intimidad digital de los empleados y garantiza que puedan disfrutar de su tiempo personal.
¿En qué consiste el Artículo 20 bis?
El artículo establece que los trabajadores tienen derecho a la intimidad en el uso de los dispositivos digitales puestos a su disposición por el empleador y, además, a la desconexión digital fuera de su jornada laboral. Es decir, la empresa no puede imponer la obligación de responder mensajes, llamadas o correos electrónicos fuera de horario, salvo circunstancias excepcionales como emergencias o imprevistos que afecten a la producción, la seguridad o la actividad de la compañía.
Sin embargo, muchos empleados siguen recibiendo mensajes fuera de su jornada habitual y contestándolos por temor a perjudicar su imagen profesional. Aun así, la normativa es clara, no responder fuera de horario no puede ser motivo de sanción, amonestación ni despido. De hecho, en caso de que la empresa incurra en este tipo de prácticas de forma reiterada, los trabajadores pueden presentar una reclamación interna a recursos humanos o acudir al comité de empresa.
Multas por interrumpir la desconexión digital
Si la empresa no corrige la situación, se puede denunciar ante la Inspección de Trabajo. Según la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), vulnerar este derecho se considera una infracción grave y puede derivar en multas de entre 751 euros y 7.500 euros, dependiendo de la gravedad, el alcance y el tamaño de la empresa.
Esta protección legal se aplica a todos los empleados, tanto en trabajos presenciales como en modalidades de teletrabajo o modelos híbridos. El auge del trabajo remoto durante los últimos años ha puesto en evidencia la importancia de este derecho. La flexibilidad horaria no implica disponibilidad absoluta. Durante su tiempo de descanso, los empleados no tienen por qué responder llamadas de trabajo ni atender chats corporativos.
La importancia de la desconexión digital
Para cumplir la ley, las empresas deben crear protocolos internos de desconexión digital que detallen las medidas organizativas en las que se establezcan los supuestos excepcionales en los que se permite la comunicación fuera de jornada, los canales que se utilizarán y la compensación, si procede, por disponibilidad extraordinaria. También deben incluir vías para que los empleados comuniquen incumplimientos de este derecho sin miedo a represalias.
El Ministerio de Trabajo, bajo la dirección de Yolanda Díaz, ha recordado en diversas ocasiones que esta normativa busca garantizar la salud física y mental de los empleados. Diversos estudios psicológicos y médicos constatan que la hiperconexión constante eleva los niveles de estrés y ansiedad, incrementa el riesgo de burnout y reduce la productividad real durante la jornada laboral.
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